Los restaurantes en Puerto Rico podrán operar a un 75% de su capacidad a partir del lunes, 7 de junio, cuando entre en vigor la nueva orden ejecutiva relacionada al manejo de la enfermedad COVID-19, causada por el SARS-CoV-2.
De acuerdo con el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia, el decreto también autoriza a los restaurantes a operar las 24 horas al día, sin embargo, entre 12:00 a.m. y 5:00 a.m. estará restringido solo a realizar entregas u ofrecer recogido de alimentos y otros productos. En este periodo se mantiene la prohibición de venta de bebidas alcohólicas.
La nueva orden, que estará vigente hasta el domingo, 4 de julio, también permitirá que otras operaciones privadas que atienden público puedan operar hasta un máximo del 75% de su capacidad.
Entretanto, los negocios y establecimientos no estarán obligados a realizar un cernimiento de los visitantes y clientes de cada local, pero el ejecutivo recomendó a la ciudadanía continuar con dicha práctica.
Mientras que, tras más de un año sin poder operar, las barras, discotecas, salones de juego, “sport bars” y “party bus” podrán abrir sus puertas y ofrecer sus servicios a una capacidad de un 50% de su ocupación.
Cabe destacar que las barras al aire libre no tendrán que limitar la cantidad de clientes que atiendan, pero deberán velar por que las personas mantengan distancias de, al menos, seis pies entre individuos.
En cuanto a espacios dedicados al entrenamiento como los cines, teatros, coliseos y anfiteatros, podrán operar al 50% de su capacidad de aforo, señaló Pierluisi Urrutia.
El mandatario también destacó que con la nueva orden ejecutiva se permitirá la celebración de desfiles, procesiones, ferias, fiestas patronales y festivales, mientras que las actividades sociales se podrán llevar a cabo con una ocupación máxima del 75% del lugar.
De igual manera, estará autorizado la operación de espacios para acampar y las piscinas podrán albergar tres cuartas partes de la cantidad de personas con relación a su capacidad máxima.
Uso de mascarillas
Pierluisi Urrutia anunció que las personas que ya estén vacunadas en contra del COVID-19 no tendrán que utilizar mascarillas mientras se encuentren en espacios al aire libre.
De manera similar, no se requerirá el uso de mascarillas en espacios cerrados que no se atienda público siempre y cuando todas las personas en el lugar hayan sido vacunadas.
En cambio, el uso de la mascarilla continuará siendo obligatorio para toda persona que visite un establecimiento que atienda público.