El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) recordó a la ciudadanía que el consumo de bebidas alcohólicas está prohibido en las playas a raíz de las restricciones impuestas en el país ante el aumento de casos de contagio con el coronavirus SARS-CoV-2.
La prohibición forma parte de los decretos establecidos por la dependencia en la Orden Administrativa 2021-01B y la Carta Circular 2021-03B, por medio de la cual se regulan las actividades recreativas acuáticas y el funcionamiento de concesionarios de marinas.
El secretario del DRNA, Rafael Machargo Maldonado, explicó que el uso de las playas y balnearios del país continuará permitido para bañistas pese a las nuevas restricciones. Sin embargo, no se permitirá la socialización o aglomeraciones de personas sin medidas para minimizar contagios.
Cabe destacar que el anclaje en las playas, cayos e islotes, incluyendo fondos colonizados o arenosos, quedó prohibido a menos de 200 pies de la orilla.
Otras medidas a velar en las playas y balnearios del país son las siguientes:
- Uso obligatorio de mascarilla mientras esté fuera del agua
- Distancia mínima de 10 pies entre grupos
- Máximo de 10 personas por grupo
- Uso de sillas, sombrillas y neveritas está permitido solo dentro de núcleos familiares
- Se prohíbe aglomerarse, ya sea en la playa u orilla, así como en el agua.
En el caso de la navegación recreativa en embarcaciones charters o de concesionarios, se requerirá el mantener distanciamiento físico entre los pasajeros.
En cambio, las actividades recreativas permitidas, manteniendo distancias de, al menos, 10 pies entre individuos son:
- navegación recreativa
- pesca recreativa en todas sus modalidades
- nadar
- acuaeróbicos
- “snorkeling” y buceo
- remar
- caminar, correr y trotar
- ejercicios de calistenia
- yoga y pilates
- observación y fotografía de aves
- orar y meditación
El DRNA indicó que las áreas naturales protegidas en Puerto Rico continuarán abiertas al público de martes a domingo, en horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., con las siguientes excepciones:
- Refugio de Vida Silvestre Embalse Cerrillos en Ponce – martes a domingo | 6:00 a.m. a 6:00 p.m.
- Refugio de Vida Silvestre Embalse Lucchetti en Yauco – martes a domingo | 6:30 a.m. a 6:30 p.m.
- Refugio de Vida Silvestre de Boquerón en Cabo Rojo – miércoles a domingo | 7:30 a.m. a 4:00 p.m.
- Refugio de Vida Silvestre Embalse Guajataca en San Sebastián – martes a domingo | 6:00 a.m. a 6:00 p.m.
- Reserva Natural de Humacao – lunes a viernes (7:30 a.m. a 4:00 p.m.) | sábado y domingo (9:00 a.m. a 5:00 p.m.)
Cabe destacar que las áreas de acampar continúan cerradas al público.
Por otro lado, Machargo Maldonado señaló que no se permitirá el amarre entre botes y que se deberá mantener un distanciamiento mínimo de 30 pies entre embarcaciones y vehículos de navegación, incluyendo kayaks, canoas, tablas de surf y “paddleboards”.
“Continuará vigente la norma de uso de boyas de amarre durante el día y no podrá usarse por más de ocho horas. No se permite amarrar embarcaciones a las boyas con el propósito de dejarlas en el agua de noche, o para pernoctar”, agregó el secretario en declaraciones escritas.
Cabe destacar que pernoctar en embarcaciones está prohibido, a menos que se demuestre que la embarcación constituye su residencia permanente.
“Con respecto a las actividades acuáticas en las marinas, estarán permitidas los siete días de la semana desde las 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m., recordando que toda persona debe estar en su hogar a las 10:00 p.m., conforme establecido en la Orden Ejecutiva 2021-026. Las marinas serán responsables de realizar las labores de mantenimiento y desinfección”, añadió.