El muralista ponceño Juan Luis Cornier Torres, conocido como Manwe Uno y quien está imputado de matar a la artista sangermeña Valerie Ann Almodóvar Ojeda, se anotó una victoria en el Tribunal de Apelaciones.
El foro intermedio determinó que el Ministerio Público debe enmendar la acusación correspondiente al cargo de destrucción de pruebas (artículo 285 del Código Penal), para eliminar la frase “consistente en que luego de dar muerte a Valerie Ann Almodóvar Ojeda”.
Esto, ya que la frase supone la inclusión del delito de asesinato en primer grado junto al de destrucción de pruebas, lo que el tribunal califica como una indebida acumulación de delitos. Cabe señalar que Cornier Torres también enfrenta un cargo por el artículo 93 del Código Penal, que es asesinato en primer grado, y una violación al artículo 5.05 de la Ley de Armas.
Esta determinación daría paso a que Cornier Torres haga alegación de culpabilidad por el cargo de destrucción de pruebas, que es su intención desde marzo del año pasado, y vaya a juicio por los otros dos cargos.
No obstante, la Oficina del Procurador General presentó una moción de reconsideración. Dependiendo de la determinación final del Apelativo, los fiscales Marjorie Gierbolini, Ildefonso Torres Rodíguez y Sharleen Rosa de Jesús evaluarán con el Procurador General si acuden al Tribunal Supremo de Puerto Rico.
La decisión del Apelativo fue emitida el pasado 26 de enero por el panel compuesto por las juezas Nélida Jiménez Velázquez, Giselle Romero García y Gina Méndez Miró.
Resumen de la controversia
El 28 de enero de 2020, un año después de ser acusado, la defensa de Cornier Torres le pidió al Tribunal de Primera Instancia que la Fiscalía enmendara la acusación para remover la frase “consistente en que luego de dar muerte a Valerie Ann Almodóvar Ojeda”. El juez declaró no ha lugar y posteriormente se sostuvo en su decisión ante una petición de reconsideración.
La defensa no llevó el caso al Tribunal de Apelaciones, sino que lo dejó ahí.
El 4 de marzo, Cornier Torres manifestó su intención de declararse culpable en el cargo de destrucción de pruebas, siempre que se enmendara el texto de la acusación. La controversia se le asignó a otro juez, quien resolvió el 8 de octubre con otro no ha lugar.
El 6 de noviembre, la defensa acudió al Apelativo con un recurso de certiorari. El 11 de diciembre, la Fiscalía se opuso con el argumento de que la controversia era cosa juzgada y el foro intermedio no tenía jurisdicción. En esencia, los fiscales plantearon que la defensa de Cornier Torres no recurrió la decisión del Tribunal de Primera Instancia en enero de 2020, por lo que correspondía aplicar las doctrinas de cosa juzgada y de la ley del caso.
Las juezas Jiménez Velázquez, Romero García y Méndez Miró decidieron que la controversia no es cosa juzgada porque el juez que resolvió en enero de 2020 no entró en los méritos del caso.
Aunque las juezas reconocieron que en Puerto Rico no existe el equivalente a la regla federal surplusage, que significa “cualquier hecho o circunstancia que no es un elemento necesario del delito imputado en el pliego acusatorio» y que perjudica los derechos del acusado, concluyeron que la frase en controversia debe eliminarse porque surte ese efecto.
“Aun cuando en nuestro ordenamiento jurídico no existe una regla análoga a la reglamentación federal, lo cierto es que estamos ante una situación en la que las palabras utilizadas por el Ministerio Público pueden causar al acusado un grave perjuicio. Por tanto, en aras de hacer cumplida justicia, ordenamos la enmienda a la acusación por el delito de destrucción de pruebas, a los fines de que dicha frase sea eliminada de la acusación”, lee la sentencia escrita por la jueza Romero García.
El panel agregó que la libertad del Ministerio Público para redactar sus acusaciones “no puede ir por encima de los preceptos constitucionales sobre el debido proceso de ley y la presunción de inocencia que asiste a todo acusado”.
De este modo, el Apelativo expidió el auto de certiorari, revocó la determinación del Tribunal de Primera Instancia y devolvió el caso para la continuación de los procedimientos.
Lo próximo
El desfile de prueba en este juicio estaba pautado para comenzar el martes, 23 de febrero en la sala 606 del Tribunal de Ponce ante el juez Daniel López González. Sin embargo, ese señalamiento se convirtió en una vista de estado de los procedimientos.
En diciembre pasado también se seleccionaron las siguientes fechas para el desfile de prueba: 5, 6, 7, 12, 13 y 14 de abril, y el 3, 4 y 5 de mayo. Todas las jornadas serán de 9:00 a.m. a 5:00 p.m.
Cornier Torres está representado por los abogados Juan de Jesús Vélez Rodríguez, Andrés Vélez Rodríguez, José Figueroa Zayas y José M. Colón Pérez. Actualmente, cumple una sentencia de tres años por cargos de violencia doméstica en el Complejo Correccional Las Cucharas en Ponce.
Según la Policía y la Fiscalía, el muralista mató a puñaladas a Valerie Ann Almodóvar Ojeda -de 23 años-, envolvió el cadáver en bolsas plásticas y lo dejó abandonado en un área verde aledaña a la carretera 518 en el barrio Garzas de Adjuntas. El cuerpo fue encontrado el 18 de diciembre de 2018.