El grafitero ponceño Juan Luis Cornier Torres (Manwe Uno) niega haber matado a la artista sangermeña Valerie Ann Almodóvar Ojeda, pero sí tiene la intención de declararse culpable de disponer su cadáver en una zona rural de Adjuntas.
Su interés es hacer alegación de culpabilidad por el cargo de destrucción de pruebas, que es el artículo 285 del Código Penal, e ir a juicio por un cargo de asesinato en primer grado y una violación a la Ley de armas.
Sin embargo, el proceso no se ha finiquitado por objeciones de Cornier Torres y su defensa en cuanto a la manera en que está redactada la acusación en el cargo de destrucción de pruebas.
Parte de la acusación por el artículo 285 lee así: “Consistente en que luego de dar muerte a Valerie Ann Almodóvar Ojeda utilizó bolsas negras y tape transparente para envolver su cuerpo el cual colocó en el baúl de la guagua Nissan Pathfinder tablilla EFH-877, perteneciente a la madre de la occisa, y luego la transportó hasta el Pueblo de Adjuntas donde lanzó su cuerpo a la orilla de la carretera 518 km 3.6 en el barrio Lago Garzas…”.
El planteamiento del imputado y sus abogados es que no puede hacer alegación de culpabilidad por esa acusación según redactada porque estaría admitiendo también el delito de asesinato, el cual niega haber cometido.
La defensa indica que la acusación redactada por la Fiscalía en ese cargo viola la Regla 35 de Procedimiento Criminal porque la frase “consistente en que luego de dar muerte a Valerie Ann Almodóvar Ojeda” no es un hecho esencial constitutivo del delito de destrucción de pruebas.
Además, la defensa expone que dicha frase viola la Regla 37(a) porque hace que se imputen dos delitos en el mismo cargo (asesinato y destrucción de pruebas).
El pasado 4 de marzo, Cornier Torres expresó ante el juez Daniel López González su intención de declararse culpable de destrucción de pruebas, siempre y cuando se eliminara la frase en disputa. Luego de la argumentación de la defensa y la Fiscalía -que se opuso a hacer el cambio-, el juez López González decidió que esta controversia la resolviera otro juez para no tener que inhibirse de presidir el juicio. El juez elegido fue Angel Llavona Folguera.
De esa fecha al presente, solo se ha presentado una moción de la defensa de Cornier Torres.
“En el caso que nos ocupa el señor Cornier Torres interesa hacer alegación de culpabilidad por violación al Artículo 285 del Código Penal de Puerto Rico; sin embargo, el Estado, por conducto del Ministerio Fiscal -provoca con su proceder de negarse a enmendar el cargo acusatorio, según formulado- que el señor Cornier se vea impedido de formular alegación de culpabilidad por la violación al aludido artículo y dado tal curso de acción por parte de fiscalía, lo que procede en derecho es que este Tribunal ordene la enmienda para eliminar la frase: ‘consistente en que luego de dar muerte a Valerie Ann Almodóvar Ojeda’ de conformidad a lo que dispone la Regla 66 de Procedimiento Criminal”, lee la moción.
Ahora la Fiscalía debe contestar y el juez Llavona Folguera tendrá que resolver.
Debido a esta circunstancia y las complicaciones que ha traído consigo la pandemia de coronavirus, el juicio todavía no tiene fecha de inicio. Ayer se citó una nueva vista de estado de los procedimientos para el 2 de septiembre.
En el transcurso de este tiempo, Cornier Torres también deberá decidir si cambia a un juicio por jurado. Esto, luego de que se resolviera en la esfera federal, con aplicabilidad local, que los veredictos deben ser unánimes.
Los fiscales del caso son Ildefonso Torres Rodríguez y Sharleen Rosa de Jesús. Entretanto, el acusado está representado por los abogados Juan de Jesús Vélez, Andrés Vélez Rodríguez, José Figueroa Zayas y José M. Colón Pérez.